Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó en el D.O.F. de fecha 09/07/2026, la publicación citada al rubro, misma que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Dentro de lo más destacado de la publicación, mencionamos lo siguiente:
Se REFORMAN las siguientes reglas:
Días inhábiles (2.1.6.)
Se adiciona la fracción III indicando que, el primer periodo general de vacaciones de 2026, comprende del 20 al 31 de julio de 2026.
Solicitud anticipada de marbetes o precintos para la importación de bebidas alcohólicas (5.2.7.)
Se modifica el primer párrafo mencionando que, los contribuyentes inscritos en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas que en el ejercicio inmediato anterior hayan dictaminado sus estados financieros para efectos fiscales por contador público inscrito, podrán solicitar de manera anticipada los marbetes y/o precintos para la importación de bebidas alcohólicas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ficha de trámite 3/IEPS “Solicitud anticipada de marbetes o precintos para importación de bebidas alcohólicas”, contenida en el Anexo 2, conforme a lo siguiente:
I. Para determinar la cantidad máxima de marbetes o precintos que se podrán solicitar, la autoridad considerará los marbetes o precintos autorizados al contribuyente en los doce meses inmediatos anteriores al mes en que se presenta la solicitud, posteriormente los debe segmentar en cuatro grupos de tres meses, sumando en cada grupo los que se hubieren autorizado en dicho periodo, pudiendo solicitar una cantidad igual o menor a la del grupo en que se le haya autorizado la cantidad más alta.
II. En ningún caso la solicitud total podrá exceder de:
a) 3,000,000 (tres millones) de marbetes.
b) 300 (trescientos) precintos.
Procedimiento para la solicitud y entrega de marbetes o precintos (5.2.8.)
Respecto al plazo de resolución, se modifica el segundo párrafo indicando que la autoridad emitirá la resolución correspondiente dentro de los ocho días siguientes a la presentación de la solicitud.
Adición de marcas o presentaciones nuevas al esquema de marbete electrónico (5.2.48.)
Se modifica el primer párrafo mencionando que, los contribuyentes autorizados en términos de la regla 5.2.42., que soliciten folios para la impresión de marbetes electrónicos, podrán solicitar la incorporación de marcas o presentaciones de productos nuevos en el mercado al esquema de marbete electrónico, aún y cuando no hubiesen solicitado en los doce meses anteriores una cantidad igual o superior a 100,000 marbetes físicos.
