Medidas de facilitación para la importación de preparaciones alimenticias

La Secretaría de Economía informa sobre las medidas adoptadas para agilizar la
atención de mercancías clasificadas en la fracción arancelaria 2106.90.99,
derivadas del Acuerdo publicado en el DOF el 28 de mayo de 2026 que estableció
el Permiso Previo de Importación de Azúcar y Preparaciones Alimenticias (PPI).
Medidas principales:
1. Evitar sobrerregulación — Uso del permiso de COFEPRIS como elemento
probatorio de excepción del PPI, sin revisión del CENAM.
2. Agrupación por familias de productos — Emisión de un solo Informe de
Atestación para variaciones comerciales del mismo producto.
3. Ampliación de vigencia — Hasta 12 meses del Informe de Atestación en
los supuestos de revisión documental o análisis de alta confiabilidad.
4. Evaluación por esquemas — Revisiones acordes a la naturaleza de cada
mercancía.
Recomendación importante:
Iniciar las gestiones ante el CENAM lo antes posible para contar con la
documentación necesaria a partir del 2 de noviembre de 2026.
Contacto:
• snice@economia.gob.mx
• oficina.sic@economia.gob.mx
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