Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 2026, mediante la cual se deroga el Anexo 4 de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados, correspondiente a mercancías de los sectores textil y de la confección.
Operaciones iniciadas antes de la derogación.
Los importadores que hayan iniciado operaciones mediante pedimento consolidado antes de la derogación del Anexo 4 podrán efectuar su cierre mediante el pedimento semanal o mensual correspondiente, de conformidad con los artículos 37 y 37-A de la Ley Aduanera y la regla 3.1.32. de las RGCE.
Para lo cual, la autoridad señala que:
• Tipo de cambio: deberá declararse el correspondiente a la fecha de cierre de la operación.
• Fecha de entrada: deberá registrarse como fecha de entrada de las mercancías la correspondiente a la primera remesa.
En consecuencia, para efecto de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley Aduanera, particularmente respecto de la aplicación de los precios estimados y las regulaciones y restricciones no arancelarias, en este caso el Permiso Automático de Importación de Productos Textiles y de Confección deberá considerarse que el cumplimiento de las obligaciones aplicables a las remesas amparadas por el pedimento consolidado, se determinará conforme a las disposiciones vigentes en la fecha de entrada de la primera remesa.
En este sentido, se recomienda identificar y revisar aquellos pedimentos consolidados que se encuentren en este supuesto, a efecto de realizar oportunamente las gestiones que correspondan y, en su caso, evitar bloqueos en la patente del agente aduanal derivados de pedimentos consolidados vencidos o que no hayan sido cerrados entiempo y forma.
Para mayor referencia se comparte el Comunicado de Prensa 93/2026 emitido por la Secretaría de Economía (SE) y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Link de consulta: https://www.anam.gob.mx/comunicado-de-prensa-93-2026/
93-anexo-4_2026.pdf
DEROGACION DEL ANEXO 4, TRATAMIENTO DE OPERACIONES CON PEDIMENTO CONSOLIDADO
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