La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 25 de junio de 2026 la resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias aplicables a las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta originaria de los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia. La resolución entró en vigor el 26 de junio de 2026.
Como resultado del procedimiento, la autoridad determinó prorrogar por cinco años la vigencia de las cuotas compensatorias definitivas, con efectos retroactivos a partir del 28 de mayo de 2025, manteniendo las siguientes tasas:
• 6.77% para las importaciones provenientes de Berg Steel Pipe Corporation (actualmente Berg Europipe Holding Corporation).
• 4.04% para las importaciones del producto fabricado y exportado por Berg Steel Pipe Corporation.
• 25.43% para las importaciones provenientes de Oregon Steel Mills, Inc. y de las demás empresas exportadoras de los Estados Unidos.
Las cuotas serán aplicadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en todo el territorio nacional.
Asimismo, la resolución establece que los importadores obligados al pago de la cuota compensatoria podrán quedar exentos si acreditan que el país de origen de la mercancía es distinto de los países señalados en la resolución, conforme a lo previsto en la Ley de Comercio Exterior.
Las mercancías objeto de esta resolución se clasifican principalmente en las fracciones arancelarias 7305.11.02 y 7305.12.91 de la TIGIE, sin perjuicio de que puedan ingresar por otras fracciones conforme a sus características.
Se recomienda a importadores, exportadores, agentes aduanales y demás operadores de comercio exterior revisar el impacto de esta resolución en sus operaciones y verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones aplicables.
